Publicacions / Publications > Butlletí / Buletin: Dossier 17

 

[Versió oficial en espanyol][1]

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

REGLAMENTO INTERNO


Título III — Disposiciones generales

[...]

Capítulo IV. Publicidad y difusión de los trabajos

[...]

Artículo 64

[...]

3. Todo ciudadano de la Unión Europea podrá dirigirse por escrito al Comité en una de las lenguas oficiales y recibir una contestación en esa misma lengua, conforme a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 21 del Tratado CE.

 

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[1] Font: http://www.esc.eu.int/publications/pdf/booklets/CESE-2004-006-ES.PDF